Gracias a la reciente SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA, las entidades bancarias deberán devolver las cantidades abonadas en exceso por los clientes afectados por cláusulas suelo desde la fecha de firma de la hipoteca.
Gracias a la reciente SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA, las entidades bancarias deberán devolver las cantidades abonadas en exceso por los clientes afectados por cláusulas suelo desde la fecha de firma de la hipoteca.
Debido al aumento de compras y ventas fuera de nuestras fronteras por parte de varios de nuestros clientes, nos vemos en la obligación de aclarar en esta CIRCULAR algunos términos acerca de obligaciones que conlleva la exportación / importación de bienes y servicios.
Inclusión obligatoria en el sistema de notificaciones electrónicas de Hacienda. Si recibe por nuestra parte esta circular, significa que su SOCIEDAD LIMITADA ha sido incluida por la Agencia Tributaria en el REGISTRO DE NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS.